España, paraíso de los okupas

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Artículo de Emilio Montero Herrero

El problema de los okupas en España es un tema de actualidad al incrementarse el número de ocupaciones ilegales en viviendas vacías o residencias habituales durante este verano, hechos delictivos tras los que están en muchos casos las mafias que se aprovechan para hacer negocio. Según el número de denuncias en estos momentos, habría unos 200.000 propietarios afectados.

La ocupación ilegal de inmuebles, conocida como “fenómeno o movimiento okupa”, empezó a aparecer a finales de los años sesenta en Inglaterra, Alemania y Holanda como una expresión más de la filosofía hippie.

Sin embargo, este fenómeno no llega a España hasta los años setenta, presentándose como un movimiento de ideales contrarios al sistema y con una débil solución jurídica por parte del legislador español, a pesar de que la conducta de los okupas atenta de forma flagrante contra el derecho de la propiedad reconocido en el artículo 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece que “toda persona tiene derecho a la propiedad” y “nadie será privado arbitrariamente” de ésta.

Entonces, por qué en España la sociedad y las leyes sobreprotegen tanto a los okupas frente a los legítimos propietarios de viviendas, porque esto que ocurre en España no sucede en ningún otro país de Europa, con excepción de Portugal.

Esto se debe a que nuestra Constitución en su Artículo 47 determina que: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”. Sin embargo es obvio que este derecho reconocido en las leyes no es una realidad, y muchos españoles no ocupan por falta de medios económicos una vivienda digna y adecuada.

Al no cumplirse en su literalidad el artículo constitucional, nace la okupación como un acto de desobediencia civil que encuentra su legitimidad en la propia deslegitimación de un sistema que deja seres humanos en las calles o hacinados en pequeños espacios, pese a que la oferta inmobiliaria cubriría das necesidades con creces.

Antes de nada, hay que entender que no es lo mismo legalmente que una persona entre en tu domicilio principal que en una vivienda secundaria, como una residencia de vacaciones o un piso vacío. Ahora, incluso hay okupas refinados que no se conforman con un piso y que entran a vivir en chalets, casas unifamiliares y torres. Sin ir más lejos, en Segovia los okupas ocuparon últimamente tres chalets en Los Ángeles de San Rafael y un chalet junto a la urbanización Peñas del Erizo.

La debilidad de la legislación vigente explica por qué sucede esto. Y es que el tratamiento jurídico que tiene la vivienda es diferente al de otros bienes. De esta forma, los okupas, pese a, sin duda, haberse apoderado de un bien que no les pertenece, las leyes dan a la okupación un tratamiento diferente del que habría si los okupas se hubieran apoderado de cualquier otro tipo de bien.

Sólo un juicio, en el que se demuestre que entraron fraudulentamente en la casa, sin autorización del propietario, puede hacer que un juez de la orden de desahucio, requisito imprescindible para entrar en la vivienda. Situación que se agrava al estar la Justicia saturada en España, lo que retrasa unos procedimientos que son auténticos calvarios para los propietarios, y mientras tanto, los okupas viven en el domicilio.

El proveer de vivienda digna, es un deber de la sociedad española, por lo que debería ser el Estado el que resolviera estos casos. Lo que no se puede es cargar sobre un determinado ciudadano la solución a un problema social. Igual que hay dinero para sanidad y nadie se queda sin recibir un tratamiento médico, debería haber un dinero para hacer realidad el artículo 47 de la Constitución.

La comparativa con otros países europeos demuestra que el problema de la ocupación ilegal en España es cada vez más grave y de mayor intensidad. Por ello y para que España no siga siendo un paraíso para los okupas, la modificación de esta normativa será la próxima asignatura pendiente que tienen los partidos de cara a septiembre.

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