A raíz del último atentado terrorista en Barcelona es bueno plantearse en qué casos es éticamente permisible matar a otras personas.
En primer lugar la Autoridad Pública puede matar legítimamente a un criminal para defender a los demás ciudadanos como ha sido el caso de los Yihadistas de las Ramblas barcelonesas y de Cambrils.
En segundo lugar en el caso de lo que llamamos guerra justa, aunque la guerra no puede ser nunca un medio normal para la solución de conflictos. «Todo ciudadano y todo gobernante están obligados a empeñarse en evitar las guerras»
Para que la guerra sea justa se deben cumplir varias condiciones:
a) Imposibilidad de solución pacífica.
b) Causa justa, como sería legítima defensa, mientras no haya una autoridad supranacional competente y eficaz.
c) Que la decisión sea tomada por la autoridad legítima a quien corresponde velar por el bien común de la nación.
d) Intención recta buscando la justicia y no la venganza.
e) Que sean superiores los bienes que se van a conseguir a los males que se pueden producir .
«La apreciación de estas condiciones de legitimidad moral pertenece al juicio prudente de quienes están al cargo del bien común»
«Los poderes públicos tienen, en este caso, el derecho y el deber de imponer a los ciudadanos las obligaciones necesarias para la defensa nacional», «pero atenderán equitativamente el caso de quienes, por motivos de conciencia, rehusan el empleo de las armas; éstos siguen obligados a servir de otra forma a la comunidad humana»-
Una cosa es utilizar la fuerza militar para defenderse con justicia, y otra muy distinta querer someter a otras naciones .
Buscar la guerra es absurdo. Pero rehuirla por principio puede ser cobardía ante la injusticia. La paz es el ideal del hombre: pero esta paz debe ser obra de la justicia. Un pacifismo conformista con la injusticia no es éticamente aceptable.
«Aunque la guerra sea justa, no todo es lícito entre los contendientes . Debe respetarse la ley moral y el derecho de gentes». Las acciones deliberadamente contrarias al derecho de gentes son crímenes. Además existe la obligación moral de desobedecer aquellas decisiones que ordenan genocidios .
En tercer lugar en defensa propia se puede matar cuando alguien quiere matarnos injustamente, o hacernos un daño muy grave en nuestros bienes, equivalente a la vida; si no hay otro modo eficaz de defenderse.
No es necesario esperar a que él nos ataque. Basta que nos conste que él tiene un propósito decidido de matarnos, y sólo está esperando el momento oportuno para hacerlo; y no hay otro modo de salvar la vida que adelantarse y atacar primero. Lo que es aplicable a la defensa propia es igualmente legítimo en pro del prójimo injustamente atacado.