Disidentes en las democracias

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NO SE PUEDE OBLIGAR A NADIE A MANIFESTAR ALGO EN LO QUE NO CREE

FUENTE: FERNANDO RODRÍGUEZ-BORLADO – aceprensa

Uno de los rasgos que identifican a las democracias es la protección de las minorías. Otro es el respeto de las libertades de creencia, conciencia y expresión. Ambos principios han empezado a entrar en conflicto con ocasión de nuevas leyes de igualdad o contra distintas fobias.

Ya hay todo un número de casos, en distintos países, en que las autoridades limitan las libertades de expresión, de conciencia o religiosa de quienes disienten en algunos temas sensibles. Uno de los motivos de conflicto más frecuentes es la presunta conducta homofóbica de personas o instituciones que, según su propia visión de los hechos, simplemente pretendían defender su derecho a expresarse o actuar conforme a su visión de la sexualidad.

Disentir no es odiar

El fiscal general del país ha decidido procesarla a pesar de que la policía desestimó la denuncia tras una larga investigación, y de que ni Twitter ni la emisora pública consideraron que sus palabras infringían sus respectivas políticas respecto al “discurso del odio”. Las penas pueden ser de hasta dos años por cada denuncia.

El caso de Räsänen recuerda a otros dos protagonizados por pasteleros, uno en Belfast (Irlanda del Norte) y otro en Colorado (Estados Unidos). Ambos guardan muchas similitudes: los dos comerciantes fueron igualmente acusados de conducta homofóbica, aunque no por sus palabras sino por negarse a hacer una tarta para una boda homosexual; el camino judicial de los dos litigios ha sido complejo, pleno de alegaciones y recursos, y los dos se han resuelto –al menos, por ahora– con victoria de los demandados.

No se puede obligar a nadie a manifestar algo en lo que no cree

No obstante, también hay importantes diferencias entre los dos casos. En el primero, al acusado se le pidió que escribiera en la tarta una frase a favor del matrimonio gay; algo a lo que, como sentenció el Tribunal Supremo del Reino Unido, tenía derecho a negarse porque no se puede obligar a nadie a manifestar algo en lo que no cree. En el segundo, los jueces del Tribunal Supremo de Estados Unidos no reivindicaron tan claramente la libertad de expresión del acusado (no entraban a valorar si el negarse a hacer el pastel, aunque este no llevara un mensaje explícito a favor del matrimonio homosexual, era una forma de ejercer este derecho); con todo, dieron la razón al demandado por considerar que la acusación de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado, que previamente había fallado en su contra, había incurrido en “hostilidad hacia las creencias religiosas del acusado”, por ejemplo al compararlas con la defensa de la esclavitud o el holocausto.

Cuestiones de género

Igualmente acabó en los tribunales el biólogo alemán Ulrich Kutschera. En 2017, concedió una entrevista a raíz del debate nacional en torno a la adopción por parte de parejas homosexuales. En ella repetía algunas críticas a las teorías de John Money, uno de los padres de la ideología de género, y en concreto a su posición sobre la pedofilia (Money no la consideraba reprobable mientras no hubiera violencia). Kutschera fue acusado de inventar o tergiversar datos científicos con la intención de desprestigiar a los homosexuales. Al absolverlo, el juez señaló que sus afirmaciones, más allá de su exactitud científica, estaban protegidas por el derecho de expresión, y que no constituían delito de odio.

La molesta conciencia de los objetores

Los debates referidos a la homosexualidad no son los únicos que ocasionan conflictos con “disidentes”. Otro campo de lucha habitual es el de asuntos bioéticos como el aborto o la eutanasia.

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