El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes dos anteproyectos destinados a mejorar la protección a los menores, tanto en el seno de las familias como en el de las instituciones educativas. Además de establecer nuevas medidas contra la violencia doméstica y los abusos sexuales, mantiene las ayudas a las familias numerosas hasta el último hijo y agiliza los procedimientos de acogimiento y adopción. Bajo los nombres de Ley Orgánica de Protección de la Infancia y Ley de Protección de la Infancia, los dos anteproyectos pretenden reforzar la legislación española sobre menores con nuevas garantías.
Fuente: Aceprensa
Denunciar los abusos
Un conjunto de medidas van destinadas a proteger a los niños frente a los abusos sexuales. Aunque parecen de sentido común, lo cierto es que las leyes actuales tienen algunas lagunas llamativas. Por ejemplo: se establece que nadie que haya sido condenado por un delito sexual pueda acceder a profesiones en las que exista contacto habitual con menores.
También se exige a las autoridades públicas, funcionarios y profesionales que se enteren de algún abuso en el ejercicio de sus funciones que informen al Ministerio Fiscal. Hasta ahora, si los padres de un menor preferían no denunciar, la Administración no podía hacer nada.
Las familias numerosas recibirán las ayudas hasta que el último hijo cumpla la edad establecida
Víctimas de violencia de género
Otro grupo de disposiciones modifican la Ley de violencia de género para que un menor pueda ser considerado víctima directa junto a la mujer maltratada. Este cambio permitirá que el menor permanezca con la madre desde la presentación de la denuncia, y obliga al juez a pronunciarse sobre las medidas cautelares relativas al hijo (como la prohibición de ver al supuesto agresor).
En el ámbito de los procedimientos judiciales destacan las medidas destinadas a hacer efectivo el interés superior del menor. Para eso, se establece el derecho de los menores a ser escuchados (hasta los 12 años si tienen madurez suficiente). También permite que el menor no tenga que repetir su declaración cuando sea víctima o testigo en procesos judiciales.
Acogimiento y adopción
La reforma define por primera vez en una norma de rango estatal las situaciones de los menores en riesgo y desamparo. Un cambio importante en esta materia es que superados dos años de la declaración de desamparo, solo el Ministerio Fiscal podrá impugnarla, no los padres biológicos.
En el caso de los menores en desamparo, la reforma da prioridad al acogimiento familiar frente al residencial en centros de menores
Para favorecer que los menores en desamparo puedan vivir cuantos antes en una familia, la reforma da prioridad al acogimiento familiar sobre el acogimiento residencial en centros de menores. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que se ha encargado de redactar los dos anteproyectos, intentará que los menores de 3 años sean acogidos directamente por las familias sin necesidad de pasar por un centro y, en los casos en que haya más hermanos, procurará que estén juntos. Estos deseos van acompañados de la creación de tres tipos de acogimiento familiar más flexibles.
La adopción también se agiliza y se completa con nuevas garantías. Por ejemplo: una persona privada de la patria potestad ya no podrá adoptar. Además, se crea la figura de la adopción abierta: si los sujetos implicados lo desean, el menor podrá mantener contacto con su familia biológica. En cualquier caso, a partir de la mayoría de edad, los hijos adoptados tendrán derecho a conocer la identidad de sus padres biológicos.
A partir de la mayoría de edad, los hijos adoptados tendrán derecho a conocer la identidad de sus padres biológicos
Familias numerosas hasta el último hijo
A la espera de que el gobierno apruebe el Plan de Apoyo a la Familia, previsto para este año, el anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia adelanta una medida favorable a las familias numerosas: se mantendrán las ayudas hasta que el último hijo cumpla los 21 años o los 26 si estudia, y no como ocurría hasta ahora, en que las ayudas desaparecían en cuanto el mayor (de tres) superaba esas edades. (cfr. Aceprensa, 19-07-2013).
Pero no todos son derechos para los menores: la reforma incluye también un catálogo de deberes en las esferas familiar, escolar y social: el respeto a los padres, hermanos y profesores y el respeto a la dignidad, integridad e intimidad de las personas con que se relacionen, entre otros.