La Constitución Española establece la mayoría de edad en los 18 años, sin embargo hablar de ella es realmente complicado. Compruébenlo.
Un niño a los doce años todavía tiene que viajar en coche sentado en su sillita homologada, porque si no la usara sus padres podrían ser sancionados con una multa. Sin embargo, agárrense, dentro de un año, al abandonar la sillita por ley, y, también según la normativa vigente, podrá, si quiere, consentir relaciones sexuales incluso con un mayor de edad, que no incurriría en delito de abuso de menores por ello.
Pero, es que a los 14 podrá incluso casarse, si un juez de primera instancia le dispensara de los impedimentos, con justa causa y a instancia de parte. Eso si, tendrá que celebrarlo con Coca Cola o mosto, puesto que las bebidas alcohólicas le están prohibidas hasta los 18. A los 14, también tendrá responsabilidad penal y potestad para hacer testamento, pero no podrá votar, ni comprar tabaco o entrar en discotecas, excepto las “light” con horario restringido.
Cuando alcance los quince se le permitirá conducir un ciclomotor (según la ley que entrará en vigor en 2010), pero no viajar con acompañante hasta que cumpla 18. A los 16 trabajar, aunque no estará en disposición, por ejemplo, de algo tan simple como abrir una cuenta en el banco. A esta edad, disfruta de mayoría sanitaria por lo que significa que puede acudir al médico solo, hacerse pruebas diagnósticas y someterse o rechazar tratamientos.
Hasta ahora, la Ley de Autonomía del Paciente de 2002 excluía el aborto, la reproducción asistida y la participación en ensayos clínicos, en los que la edad se eleva a los 18, pero con la ampliación de la ley, una chica de 16 años podría abortar sin que lo supieran sus padres. También podría adquirir la píldora del día después (PDD) en las farmacias, sin receta alguna y sin límite de edad.
Lo que muchos padres sensatos se preguntarán es cuál deberá ser su actitud si del aborto o del consumo de la PDD, sin su conocimiento, se derivaran efectos secundarios graves: ¿llevar a sus hijas al médico o respetar también las consecuencias de su libertad? Y en qué delito incurrirán de tomar la decisión equivocada.
Hasta que no sea mayor de edad no se le permitirá hacerse un piercing o un tatuaje, pero si someterse a un implante de silicona o cualquier otra operación de cirugía estética sin consentimiento paterno. Sin embargo, hasta los dieciocho no podrá salir del centro escolar en horario lectivo sin el beneplácito paterno.
De todo esto se deduce que los adolescentes son mayores psicológicamente para el sexo, pero no para conducir; para abortar, pero no para fumar. Reduciendo la cuestión al absurdo, cabría preguntarse: ¿Cuál es la razón por la que una chica de 13 años sea madura para tener relaciones sexuales y sin embargo no pueda abortar libremente hasta los dieciséis? ¿Y por qué razón la PDD no tiene límite de edad si no es legal mantener relaciones sexuales hasta los 13 años?
¿Qué les parece? ¿Es posible hacerlo peor?
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