La instrucción permitiría registrar a bebés nacidos en el extranjero fruto de un contrato de ‘gestación por sustitución’ siempre y cuando se presente una resolución judicial del país de origen. El homosexualismo político sigue avanzando en el terreno legislativo
Fuente:ForumLibertas.com
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Registros y Notariado, ha dictado instrucciones para registrar en España a los niños nacidos en el extranjero fruto de un contrato de gestación por sustitución, práctica más conocida como vientre de alquiler o subrogado, siempre y cuando se presente una resolución judicial del país de origen que garantice la legalidad del proceso.
Según ha informado este departamento, el objetivo es que el menor tenga acceso al Registro Civil cuando uno de los progenitores sea de nacionalidad española, a fin de reconocer su nacimiento a efectos registrales. Además, Justicia afirma que de este modo se impide que la inscripción “dote de apariencia de legalidad supuestos de tráfico internacional de menores” y evita “la vulneración del derecho del menor a conocer su origen biológico”, según reporta Europa Press.
Una instrucción ilegal
Sin embargo, esta iniciativa adoptada por el Ministerio de Justicia es ilegal, como quedó patente en el caso que se juzgó en Valencia el pasado mes de septiembre. En aquella ocasión una pareja de homosexuales intentó registrar dos bebés en Valencia como hijos de ellos. Los recién nacidos eran fruto de una madre de alquiler que los dos hombres contrataron en San Diego (estados Unidos). Este método está prohibido por la legislación española, por lo que el juez titular del juzgado de primera instancia 15 de Valencia rechazó inscribir a los bebés como hijos de los dos homosexuales.
El juez se afanó en aclarar que no se trata de una resolución “discriminatoria” sino de la aplicación de la ley de técnicas de reproducción asistida española en su artículo 10. Además, la sentencia relató que ya en el 2008 una pareja ya acudió al registro consular de España en Los Ángeles para inscribirse como padres de dos bebés. En aquella ocasión también se denegó la inscripción alegando que los menores habían nacido mediante “gestación por sustitución, prohibida por la legislación española”.
El Ministerio de Justicia en la ilegalidad
En concreto, la instrucción impulsada por Justicia establece la necesidad de presentar ante el Registro Civil una resolución judicial de un tribunal competente en el país de origen que garantice que la gestante está en pleno uso de sus facultades en el momento de la renuncia a su maternidad y que el contrato de gestación por sustitución se ajusta a la legalidad.
La cartera de Justicia sostiene que esta exigencia “permitirá controlar el cumplimiento de los requisitos del contrato respecto al marco legal del país donde se ha formalizado, así como la protección de los intereses del menor y de la madre gestante” ya que la resolución judicial “permite verificar que no existe simulación en el contrato que encubra tráfico internacional de menores”.
Además, la instrucción subraya que con la intervención de un juez en el país de origen se puede “constatar la plena capacidad jurídica y de obrar de la mujer gestante, la eficacia legal del consentimiento prestado por no haber incurrido en error sobre las consecuencias y alcance del mismo, ni haber sido sometida a engaño, violencia o coacción o la eventual previsión y/o posterior respeto a la facultad de revocación del consentimiento o cualesquiera otros requisitos previstos en la normativa legal”.
Adopción homosexual y vientre de alquiler, ¿legalización?
El presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, considera que permitir el registro en España de niños nacidos en el extranjero fruto de un vientre de alquiler supone “abrir la puerta” a legalizar en un futuro esta práctica no contemplada por el ordenamiento jurídico español y normalizar la adopción por parte de parejas homosexuales, que tampoco está regulada.
En declaraciones a Europa Press, Blanco ha vaticinado que permitiendo el registro de los niños “se incentivará” la búsqueda en el extranjero de vientres subrogados, lo que a su juicio significa “mercantilizar el origen de la vida”, y “dentro de poco alguien se preguntará por qué se puede hacer en el exterior y no en España, y se acabará legalizando”.
Asimismo, ha incidido en que “el ambiente mejor para los niños a efectos de crianza es la convivencia con un papá y una mamá» por lo que «es un profundo error permitir la adopción de parejas del mismo sexo, como se hace de hecho al consentir que registren a los niños nacidos de vientre subrogado en el extranjero”.