Por primera vez se regula por ley la discriminación por obesidad. Ni chuches en el colegio, ni grasas trans en el pan del supermercado. El Gobierno mediante la ley de Seguridad Alimentaria quiere frenar el ascenso de la obesidad en España y mejorar la seguridad de los consumidores. La nueva legislación ataca al exceso de peso, pero con un mensaje de apoyo a quien lo sufre. Por primera, una legislación española regula la promoción de hábitos saludables y prohíbe discriminar por obesidad.
Fuente Ramírez de Castro-agea,com
El texto advierte que estará prohibida cualquier discriminación «directa o indirecta» por sobrepeso. Las personas que se sientan peor tratadas o en una situación menos favorable por su peso podrán denunciar su caso. Se considerará discriminación indirecta «situaciones, criterios o prácticas aparentemente neutras que también pongan en desventaja particular con respecto a los demás», se indica en el texto.
Evitar penalizaciones
La norma se adelanta a situaciones que ya se viven en países donde la obesidad es una epidemia declarada. Como el caso de Estados Unidos, donde algunas compañías aéreas cobran más a las personas obesas o se restringe la contratación por exceso de peso. La inclusión de esta figura también podría salvar a las personas con obesidad de penalizaciones por parte de las compañías de seguro médico. «Los actos y cláusulas que causen discriminación por razón de sobrepeso u obesidad se considerarán nulos y sin efecto», se advierte en el texto. Se protege a las personas con exceso de peso y se anima a los poderes públicos a «adoptar medidas específicas para corregir situaciones patentes de desigualdad», así como medidas para «prevenir y tratar la obesidad, especialmente, de los niños».
Sanidad no ha fijado el contenido máximo de grasas trans
Sanidad no se ha atrevido, sin embargo, a fijar por ley el contenido máximo de grasas trans, las grasas más dañinas que incorporan alimentos precocinados o la bollería industrial. Se deja en manos de la autorregulación, de la buena fe de la industria. Sanidad se limita a recordar «la obligación de las industrias de utilizar ingredientes y tecnologías que reduzcan el contenido de dichas sustancias.
La ley es más contundente con la alimentación en los colegios. Los menús escolares empezarán a supervisarse por nutricionistas acreditados y no se permitirá la venta de alimentos y bebidas en los centros escolares poco saludables. Los alimentos tendrán una limitación de grasas, azúcares y sal. No contendrán edulcorantes artificiales ni sustancias estimulantes como la cafeína. Los criterios nutricionales se establecerán en un desarrollo reglamentario posterior.
La ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, reconoció ayer que sacar adelante la ley no ha sido fácil. «Ha sido un largo proceso de trabajo con los agentes implicados, pero hemos llegado a un texto de consenso que acabará con una dispersión en materia alimentaria
Ley de Seguridad Alimentaria
Publicidad: Se pide a la industria (no se prohíbe) que no utilice en los anuncios de comida y bebida a personajes famosos -reales o ficiticios- con influencia en los niños
Comedores escolares: Los menús estarán supervisados por nutricionistas para garantizar su equilibrio. Se reconoce el derecho de los alumnos con alergias a tener un menú adaptado
Snacks y chuches: En los centros escolares no se permitirá la venta de alimetnos y bebidas que no cumplan con criterios nutricionales saludables. Adiós a las máquinas expendedoras
Seguridad: Las comunidades estarán obligadas a informar de alertas, habrá un nuevo sistema de información de seguridad alimentaria y se creará una red de laboratorios de control.